FEDER
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- Creado: Jueves, 06 Abril 2017 09:24
Programa Operativo de Crecimiento Sostenible
El artículo 7.2 del citado Reglamento 1303/2013 de disposiciones generales de los Fondos EIE, especifica que cada estado miembro debe invertir un mínimo del 5 % de los recursos asignados por el FEDER a la aplicación de estrategias integradas para el desarrollo urbano sostenible. Y plantea varias opciones para la financiación de estas estrategias: